Tabla 2021 ISR y Subsidio al empleo para Personas Físicas. Deberá ser actualizada.





ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA DEL IMPUESTO SOBRE  LA RENTA

PARA PERSONAS FISICAS APLICABLE EN 2021

 Autor colaborador:

Dr.  Francisco  Javier  Ramírez  Hernández

Socio de Racell Contadores y Consultores, S.C.

Catedrático del ITSON y Universidad La Salle Noroeste

[email protected]  


El artículo 152 último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que las cantidades contenidas en las tarifas deberán de ser actualizadas cuando la inflación exceda del 10%, señalando lo siguiente:

“Cuando la inflación observada acumulada desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización de las cantidades establecidas en moneda nacional de las tarifas contenidas en este artículo y en el artículo 96 de esta Ley, exceda del 10%, dichas cantidades se actualizarán por el periodo comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado. Para estos efectos, se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento.”

Por lo anterior, si consideramos la información de la última vez en que se actualizaron las tarifas en el mes de Diciembre de 2017 que entraron en vigor el    1° de Enero de 2018 al 30 de Noviembre de 2020, estaríamos ante el escenario que la inflación ha rebasado el parámetro a que hace referencia el artículo 152 de la Ley del ISR.

Factor de Actualización

Por lo tanto, si sólo tomamos como referencia los Índices Nacionales de Precios al Consumidor (INPC) de Noviembre de 2020 entre el Índice del mes de Noviembre de 2017, resultaría el siguiente Factor de Actualización:

Concepto Importe
          INPC  Noviembre de 2020 108.856
 ( / )   INPC  Noviembre de 2017 97.695
( = )   Factor de Actualización 1.1142

Nueva Tarifa

En base a lo anterior, el Gobierno Federal deberá de publicar una nueva tarifa para su aplicación a partir del ejercicio de 2021 considerando el factor de actualización a las cantidades contenidas en la tarifa actual que corresponde a los límites de los rangos y recalculando la cuota fija que corresponde a cada rango para que éstas se empiecen a aplicar a partir del 1° de Enero de 2021 reconociendo los efectos inflacionarios generando con ello un menor impacto a cargo de los contribuyentes Personas Físicas de nuestro país, por lo que se recomienda estar atentos a la publicación del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 mediante el cual se dan a conocer las Tarifas aplicables en el ejercicio.

Tabla del Subsidio al Empleo

Cabe mencionar que la Tabla del Subsidio al Empleo contenida en el Artículo Décimo no es sujeta a la actualización señalada en el artículo 152 de la Ley del ISR por no estar establecido en dicha disposición.




15 comentarios
  1. Jessica de la cruz
    Jessica de la cruz Dice:

    Buenas Noches ! mi duda es al presentar la declaración anual saldo a favor a parece en 0 pero se visualiza el subsidio para empleo, quiere decir que debo presentarla en 0.

  2. Emanuel J. Moreno
    Emanuel J. Moreno Dice:

    Voy a hacer la actualización de las tablas de ISR, conforme al procedimiento establecido en el artículo 152 ultimo párrafo de la LISR, si a alguien le sirve la información se la comparto, amen de que esperemos que la autoridad hacendaria publique las tablas correspondientes.
    O si ElConta me permite publicar aqui la tabla, en una hora la tendré lista.
    Saludos a todos
    Emanuel

  3. José Luis Gómez luna
    José Luis Gómez luna Dice:

    Felicito a todo el equipo de Elconta, por proporcionar oportunamente la información fiscal que a todos los colegas nos ayuda, hasta el día de hoy no han sido publicadas las tablas y tarifas para el 2021, por lo que estoy seguro que cuando sean publicadas nos las compartirán.

    Por otro lado quisiera saber si los factores para la determinación de las cuotas del IMSS cambiaron para el 2021

    Saludos

  4. CHARLY
    CHARLY Dice:

    NADAMÁS NO LAS VAYAN A QUERE PUBLICAR PARA EL 2022, POR QUE YA ESTAMOS A 4 Y NADAMÁS NADA, CREO QUE SU PÁGINA DEJA MUCHO QUE DESEAR.

    • El Conta
      El Conta Dice:

      Hola.

      Gracias por leernos. Ya no supimos si su queja/comentario iba dirigido a la página del SAT o la nuestra :D

      Obviamente quien publica la actualización de las tablas de ISR 2021 en el DOF es la SHCP, no nosotros…

      En cuando sea publicado por las vías oficiales, se lo comunicaremos aquí mismo ;)

      Equipo de ElConta.Com

    • LUIS ALBERTO FLORES
      LUIS ALBERTO FLORES Dice:

      CHARLY, NO ES LA ADMINISTRACION DE LA PAGINA, ES EL SAT QUE NO LAS PUBLICA AúN, TEN PACIENCIA, SEGURAMENTE TIENES CONOCIMIENTO DE QUE LA GENTE DEL SAT ESTA DE VACACIONES Y EMPIEZAN A LABORAR EL DIA 07-01-2021

  5. JOSÉ GABRIEL ALATRISTE MELGAR
    JOSÉ GABRIEL ALATRISTE MELGAR Dice:

    SI UDS. COBRARÍAN POR IMPRIMIR LAS TARIFAS DE RETENCIONES DEL I.S.R. EN TODOS LO REGIMES DE LA LEY DEL I.S.R. YO LO PAGARÍA SÓLO DÍGAN ME A QUÉ CUENTA DEBO DEPOSITAR LES PARA QUE ME ENVÍEN LAS TABLAS DE RETENCIÓN Y LOS INDICADORES DE TASAS DE RECARGOS , UDI’S , SALARIOS MÍNIMOS , PORCENTAJES DE APORTACIÓN PATRONAL Y DEL TRABAJADOR EN EL PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES AL I.M.S.S. , PORCENTAJES DE RETENCIÓN DEL I.S.R. EN SUS DI VERSAS OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES .

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