Cierre del Ejercicio Fiscal 2020. 10 Puntos claves que no debes olvidar.




Cierre del Ejercicio Fiscal 2020.

10 Puntos claves que no debes olvidar.

 

CPC Francisco Gámez Ponce

Socio Director de Despacho Gámez Leyva y Asociados, S.C.


Ante el cierre del ejercicio fiscal 2020 se recomienda aplicar una revisión previa al cierre en las empresas para buscar tener un cumplimiento de obligaciones fiscales en forma oportuna que evite riesgos de ser requerido y multado el contribuyente.

  1. Consulta Opinión Fiscal del Contribuyente

Es recomendable consultar mes a mes la opinión fiscal ante el SAT (32D), y de igual forma ante el IMSS e INFONAVIT

Para 2021 la 32D del SAT no saldrá positiva si el contribuyente declara en ceros o ingresos menores a los facturados.

Los patrones con adeudos ante el INFONAVIT deben buscar cumplir a la brevedad posible ya que este organismo tiene como práctica congelar cuentas bancarias a sus deudores.

https://www.sat.gob.mx/consultas/20777/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales

  1. Buzón Tributario

Para 2020 ya existe el fundamento para multa a contribuyentes que no tengan activado el Buzón Tributario ante el SAT

Se sugiere revisar que correos se tienen registrados y consultar periódicamente para atender posibles invitaciones o notificaciones que pueda emitir la autoridad fiscal por ese medio.

https://elconta.mx/2020/07/04/buzon-tributario-del-sat-video-charla/

  1. Revisión de EFOs

Mediante el software contable de la empresa o alguna herramienta complementaria es necesario aplicar revisión a los CFDI de los proveedores por posibles proveedores en lista negra del SAT por los efectos en deducciones autorizadas de los contribuyentes.

https://www.sat.gob.mx/consultas/76674/consulta-la-relacion-de-contribuyentes-con-operaciones-presuntamente-inexistentes

  1. Visor de Nóminas

Se ha liberado el Visor de Nóminas 2020 con el cual los patrones podemos verificar lo timbrado de CFDI de sueldos y salarios para compararlo contra lo registrado en contabilidad, así como lo declarado en pagos provisionales en los conceptos de subsidio al empleo e ISR retenido a trabajadores o por honorarios asimilables a salarios.

https://www.sat.gob.mx/declaracion/90887/visor-de-comprobantes-de-nomina-para-los-patrones

  1. Visor de Deducciones Personales

Esta herramienta del portal del SAT permite a las personas físicas ir validando los CFDI de sus deducciones personales previa a la presentación de la declaración anual. Si detectan CFDI con errores podrá la persona física solicitar la corrección, esto con fecha límite diciembre 31.

https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales

  1. Contribuyentes R.I.F.

Cada año disminuye su porcentaje de reducción del ISR y del IVA por ventas a público en general. Ej. Para los contribuyentes inscritos en el SAT desde 2004 para 2020 tendrán una reducción del 40%

Importante revisar el tope anual de ingresos por $2 millones para contribuyentes RIF (sumando posibles otros ingresos como sueldos y arrendamiento)

https://elconta.mx/2017/04/24/regimen-de-incorporacion-fiscal-rif-cambiarme/

  1. Inventario Anual de Mercancías

Las personas morales deben cada año levantar un inventario físico de mercancías, esto como obligación establecida en la Ley del ISR, sin embargo como proceso de control interno los inventarios deben aplicarse en forma constante en todas las empresas comerciales o industriales, sin importar el régimen fiscal.

https://elconta.mx/2019/05/06/optimizar-control-inventarios-clave-para-rentabilidad-y-continuidad-empresarial/

  1. Aviso de Créditos Incobrables

Las personas morales que tengan créditos incobrables podrán deducir para el Impuesto Sobre la Renta cumpliendo los requisitos establecidos y presentando el aviso correspondiente ante el S.A.T.

https://elconta.mx/2020/10/07/deduccion-creditos-incobrables-tramite-sat/

  1. Asambleas y Contratos

Las sociedades deben tener actualizados sus libros de actas, asambleas anuales, y todo particular debe tener sus contratos privados con ratificación de firmas ante notarios (ej. Contratos de préstamos privados), esto como un requisito adicional solicitado por la autoridad fiscal en auditorias recientes y ratificado como un criterio de los tribunales.

https://elconta.mx/2018/08/30/tus-contratos-pasan-el-examen-del-sat-existencia-fiscal-objeto-terminos-economicos-evidencia-documental-etc/

  1. Pago a proveedores al cierre del ejercicio

Las personas morales tienen como requisito de deducibilidad de sus compras o gastos pagar en el ejercicio a proveedores personas físicas, sociedades civiles o contribuyente del régimen AGAPES

En sociedades solo pudiera ser deducible en el año adeudos con otras personas morales del régimen general de ley.

https://elconta.mx/2019/10/28/cierre-fiscal-2019-prepararse-con-deducciones/

  • Comentarios finales:

El escenario financiero y económico es complicado para las empresas en este cierre 2020 y se vislumbra con una recuperación lenta para 2021. En la parte fiscal el fisco ejerce mayores actividades de fiscalización en forma electrónica y las empresas deben tener mayor orden y control para cumplir en forma oportuna y con eso evitar posibles multas o tener opinión fiscal negativa e incluso riegos de suspensión de certificados de sellos digitales por algunos de los nuevos supuestos ya reformados desde este 2020

Es necesaria una mayor comunicación y coordinación entres las empresas y sus asesores fiscales ante los nuevos retos de cumplimiento y fiscalización.

CPC Francisco Gámez Ponce

Socio Director de Despacho Gámez Leyva y Asociados, S.C.

Twitter @frankgamez1

www.gamezleyvayasoc.com.mx