Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. Anexos 3, 5, 7, 8, 11, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29.



Por fin se publicaron en el DOF !!

Anexos 3, 5, 7, 8, 11, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020.

  • Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES
  • Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017:
    • A. Cantidades actualizadas establecidas en el Código.
    • B. Compilación de cantidades establecidas en el Código vigente.
    • C. Regla 9.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
  • Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: COMPILACIÓN DE CRITERIOS NORMATIVOS
  • Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: TABLAS Y TARIFAS ISR 2021
  • Anexo 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021
    • A. Catálogo de claves de tipo de producto
    • B. Catálogos de claves de nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados
    • C. Catálogo de claves de entidad federativa
    • D. Catálogo de claves de graduación alcohólica
    • E. Catálogo de claves de empaque
    • F. Catálogo de claves de unidad de medida
    • G. Rectificaciones
  • Anexo 17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: De los Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos.
  • Modificación al Anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020:
    • I. Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el cumplimiento fiscal internacional incluyendo respecto de FATCA.
      • a) Procedimientos para la identificación y reporte de Cuentas Reportables a EE.UU. y sobre pagos a ciertas Instituciones Financieras No Participantes.
      • b) Instituciones Financieras de México no Sujetas a Reportar y Cuentas Excluidas.
    • II. Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos a que se refiere el Apartado I, inciso a) del presente Anexo.
  • Modificación al Anexo 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020:
    • Primera parte. Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de Cuentas Reportables
      • Sección I: Obligaciones Generales de Reporte
      • Sección II: Obligaciones Generales de Debida Diligencia
      • Sección III: Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Personas Físicas
      • Sección IV: Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Personas Físicas
      • Sección V: Debida Diligencia para Cuentas Preexistentes de Entidades
      • Sección VI: Debida Diligencia para Cuentas Nuevas de Entidades
      • Sección VII: Reglas Especiales de Debida Diligencia
      • Sección VIII: Términos Definidos
    • Segunda parte. Disposiciones adicionales aplicables para la generación de información a que se refiere la Primera parte del presente Anexo
  • Anexo 27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos y del Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos que establece la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su Reglamento vigentes a partir del 1 de enero de 2021.
  • Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: disposiciones normativas y especificaciones tecnológicas, así como validaciones adicionales a las establecidas en el Anexo 20, las cuales deben observar de manera obligatoria los PCCFDI, así como los supuestos de infracción que pueden cometer los mismos proveedores.

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http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609674&fecha=11/01/2021