Riesgos 2022 en materia fiscal. Nuestras recomendaciones para que las evites.



Riesgos en materia fiscal.

Nuestras recomendaciones para que las evites.

Autor colaborador:

CPC Francisco Gámez Ponce

Socio de Despacho Gámez Leyva y Asociados, S.C.,

Ex presidente del IMCP Norte de Sinaloa

Ante el incremento de obligaciones en materia fiscal y mayores facultades del Servicio de Administración Tributaria para fiscalizar a los contribuyentes (aprovechando el cruce de información tecnológica de los CFDI), sugerimos tomar en cuenta lo siguiente:

Régimen de Incorporación Fiscal (R.I.F.)

  • Los contribuyentes que presentaron aviso de permanencia tienen de requisitos para permanecer con los beneficios de ser R.I.F., los siguientes:
    • No rebasar tope de ingreso anual de $ 2 millones
    • Cumplir con la presentación y pago correcto de sus declaraciones bimestrales
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
    • Para las personas físicas que optaron por RESICO también se señala como indispensable tener opinión fiscal positiva con cumplimiento oportuno y correcto de sus pagos provisionales mensuales y declaración anual.

Recibos de Complemento de Pago

Un error común en las empresas es emitir CFDI con método de pago PUE sin haber cobrado o emitir PPD y posterior al cobro no emitir el correspondiente Recibo de Complemento de Pago. Se debe controlar la emisión correcta de los CFDI y obtención de los Complementos de Pago por parte de los proveedores. El S.A.T. cruza esta información con los pagos provisionales de los contribuyentes.

Consulta de Opinión Fiscal ante el S.A.T.

  • Es recomendable consultar mes a mes la Opinión Fiscal como una medida de verificación de cumplimiento de obligaciones
  • Tener Opinión Fiscal Positiva no sígnica que no se tengan adeudos fiscales ya que hay declaraciones presentadas en ceros que muestran cumplimiento, pero no pago.
  • Constancia de Situación Fiscal
  • Debe confirmarse el régimen fiscal del contribuyente, así como obligaciones y domicilio fiscales. Esto es importante debido a que el S.A.T., en algunos casos ha cambiado el régimen de los contribuyentes o rechazados avisos de cambio al mismo

Buzón Tributario

  • El no tener activado el buzón puede ser motivo de multa para las empresas o que sean expulsados del RIF o RESICO. Se debe tener seguimiento de los comunicados y-o notificaciones que puedan recibir los contribuyentes en buzón tributario.

Suspensión de Certificados de Sellos Digitales

  • Un motivo de suspensión de certificados de sellos digitales es presentar declaraciones con diferencias en ingresos contra lo facturado

Sugerencia:

  • Es recomendable para las empresas el seguimiento preventivo del cumplimiento de sus obligaciones fiscales para evitar sanciones por parte del fisco.
  • Compartir esta información para alertar a nuestros amigos y colegas ;)

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Publicado primero en debate.com.mx