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Si vendes “de vez en cuando” o “poquito” en Mercado Libre. De todas formas te van a aplicar impuestos…
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Los contribuyentes que realizan actividades esporádicas a través de plataformas tecnológicas tienen la obligación de...

Platiquemos de: Ventas en comercio electrónico – Vídeo charla gratuita –
Nuevas disposiciones regulatorias para el comercio electrónico en México.

CFDi Público en General (Restauranteros Personas Físicas). Ventas por Plataformas Tecnológicas
Recordatorio sobre los CFDI Globales de Ventas al Público en General (Ej. Restauranteros) para Personas Físicas con ventas por plataformas tecnológicas.

De RIF a Plataformas Digitales. Caso práctico y avisos obligatorios a presentar.
Las personas que obtengan ingresos a través de plataformas y tengan otra actividad por la cual están en el RIF pueden optar por considerar como definitivas las retenciones que les efectúen dichas plataformas.

CFDI Complemento Servicios Plataformas Tecnológicas. Respuestas del SAT a preguntas frecuentes.
Respuestas del SAT a preguntas frecuentes.

Plataformas Tecnológicas Preguntas generales sobre el esquema
En caso de que las personas físicas realicen operaciones de manera esporádica a través de las plataformas tecnológicas, ¿deben registrarse en el RFC?

PF en Plataformas Tecnológicas. Trámites ante el SAT para tu inscripción, actualización Y/O RETENCIÓN DEFINITIVA.
Trámites ante el SAT para tu inscripción, actualización Y/O RETENCIÓN DEFINITIVA.

ISR PF Plataformas Tecnológicas. Guía de llenado del portal de declaraciones.
Se publicó en el SAT un material del «nuevo portal» para que las personas que tengan el nuevo régimen de plataformas tecnológicas,

Vídeo Charla GRATUITA: 1a Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020.
Conoce las nuevas disposiciones contenidas en la Resolución miscelánea para realizar correctamente la aplicación de las disposiciones fiscales durante 2020.

PF Actividades empresariales y sus ingresos mediante plataformas digitales.
Es importante que tanto los contribuyentes personas físicas, como quienes proporcionen el acceso a las plataformas tecnológicas, tengan claros los alcances de las nuevas disposiciones fiscales que entrarán en vigor en 2020, para evitar confusiones y errores en su operación que tengan como consecuencia retenciones indebidas de impuestos a las personas físicas.