Listado de la etiqueta: obligaciones fiscales

Octubre 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

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Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega

Septiembre 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega

Agosto 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega.

Julio 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega.

Junio 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega.

Mayo 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega.

Abril 2019. Agenda de Obligaciones Fiscales.

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Imprímela y que no “se te pasen” los tiempos de entrega.

Declaración Anual Personas Físicas 2018. Conoce quiénes deben presentarla y quienes están exentos:

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Las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual en abril son las siguientes:

Obligaciones sujetas a dictaminarse. Nacional, CDMX y Edo. México

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La multa por la omisión en la presentación de estos dictámenes oscilan entre....

Fechas límite de obligaciones fiscales-legales para 2019. CDMX y EdoMex

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Calendario de las principales obligaciones fiscales-legales para las personas morales a cumplir en la Ciudad de México y Estado de México durante 2019.

¿Opinión negativa del SAT por emitir CFDI y declarar en ceros? Acá el procedimiento para aclarar la situación.

Cuando el contribuyente no esté de acuerdo con la opinión negativa deberá aclarar el motivo por el cual no ha declarado los ingresos que se identificaron en los CFDI, realizando el siguiente procedimiento:

Defensa en multas por incumplimiento de obligaciones fiscales.

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Nulidad lisa y llana de multas fiscales. Al no actualizarse la conducta desplegada con la Sanción Impuesta.

Personas físicas obligadas a llevar contabilidad. – Cómo, dónde y porqué.

Cuadro de obligaciones para personas físicas para llevar contabilidad.

La nueva versión de la carta de buena conducta fiscal.

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Resulta que sacaron una nueva versión del anteproyecto de la Quinta Modificación Miscelánea y tiene muchos cambios, así que prepárense pero de momento es importante comentar las adecuaciones a la regla I.2.1.36. que describe el procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Asociaciones Religiosas. ¡A Cumplir!

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¿En qué consisten las nuevas obligaciones a las que se sujetarán las asociaciones religiosas? Consisten básicamente en el tipo de registro ante la Secretaría de Hacienda y la información que deben proporcionar periódicamente sobre sus operaciones, aunque en ciertos casos, deberán desembolsar recursos, como por ejemplo, si actúa como un retenedor de ISR e IVA o si llevan a cabo operaciones distintas de su objeto social.